5/08/1940: circular del Gobierno Civil de Barcelona sobre “El uso del idioma nacional en todos los servicios públicos”, recogiendo lo dispuesto en el BOP del 31 de julio de 1940. En él se proclama el español como único idioma válido para la vida pública, al tiempo que relega los idiomas “regionales” a la vida privada. La primera disposición señala que "todos los funcionarios interinos de las Corporaciones provinciales y municipales de esta provincia, cualesquiera que sea su categoría, que en acto de servicio, dentro o fuera de los edificios oficiales, se expresen en otro idioma, que no sea el oficial del Estado quedarán ‘ipso facto’ destituidos, sin ulterior recurso". En el documento se pueden ver las firmas de todos los funcionaros del Ayuntamiento de Manresa, ya que fueron obligados a firmar el correspondiente enterado. Algunos funcionarios del cuerpo de guardias de paseo firmaron con la hulla dactilar por no saber escribir. (Arxiu Comarcal del Bages)
5/08/1940: circular del Gobierno Civil de Barcelona sobre “El uso del idioma nacional en todos los servicios públicos”, recogiendo lo dispuesto en el BOP del 31 de julio de 1940. En él se proclama el español como único idioma válido para la vida pública, al tiempo que relega los idiomas “regionales” a la vida privada. La primera disposición señala que "todos los funcionarios interinos de las Corporaciones provinciales y municipales de esta provincia, cualesquiera que sea su categoría, que en acto de servicio, dentro o fuera de los edificios oficiales, se expresen en otro idioma, que no sea el oficial del Estado quedarán ‘ipso facto’ destituidos, sin ulterior recurso". En el documento se pueden ver las firmas de todos los funcionaros del Ayuntamiento de Manresa, ya que fueron obligados a firmar el correspondiente enterado. Algunos funcionarios del cuerpo de guardias de paseo firmaron con la hulla dactilar por no saber escribir. (Arxiu Comarcal del Bages)
5/08/1940: circular del Gobierno Civil de Barcelona sobre “El uso del idioma nacional en todos los servicios públicos”, recogiendo lo dispuesto en el BOP del 31 de julio de 1940. En él se proclama el español como único idioma válido para la vida pública, al tiempo que relega los idiomas “regionales” a la vida privada. La primera disposición señala que "todos los funcionarios interinos de las Corporaciones provinciales y municipales de esta provincia, cualesquiera que sea su categoría, que en acto de servicio, dentro o fuera de los edificios oficiales, se expresen en otro idioma, que no sea el oficial del Estado quedarán ‘ipso facto’ destituidos, sin ulterior recurso". En el documento se pueden ver las firmas de todos los funcionaros del Ayuntamiento de Manresa, ya que fueron obligados a firmar el correspondiente enterado. Algunos funcionarios del cuerpo de guardias de paseo firmaron con la hulla dactilar por no saber escribir. (Arxiu Comarcal del Bages)
5/08/1940: circular del Gobierno Civil de Barcelona sobre “El uso del idioma nacional en todos los servicios públicos”, recogiendo lo dispuesto en el BOP del 31 de julio de 1940. En él se proclama el español como único idioma válido para la vida pública, al tiempo que relega los idiomas “regionales” a la vida privada. La primera disposición señala que "todos los funcionarios interinos de las Corporaciones provinciales y municipales de esta provincia, cualesquiera que sea su categoría, que en acto de servicio, dentro o fuera de los edificios oficiales, se expresen en otro idioma, que no sea el oficial del Estado quedarán ‘ipso facto’ destituidos, sin ulterior recurso". En el documento se pueden ver las firmas de todos los funcionaros del Ayuntamiento de Manresa, ya que fueron obligados a firmar el correspondiente enterado. Algunos funcionarios del cuerpo de guardias de paseo firmaron con la hulla dactilar por no saber escribir. (Arxiu Comarcal del Bages)
5/08/1940: circular del Gobierno Civil de Barcelona sobre “El uso del idioma nacional en todos los servicios públicos”, recogiendo lo dispuesto en el BOP del 31 de julio de 1940. En él se proclama el español como único idioma válido para la vida pública, al tiempo que relega los idiomas “regionales” a la vida privada. La primera disposición señala que "todos los funcionarios interinos de las Corporaciones provinciales y municipales de esta provincia, cualesquiera que sea su categoría, que en acto de servicio, dentro o fuera de los edificios oficiales, se expresen en otro idioma, que no sea el oficial del Estado quedarán ‘ipso facto’ destituidos, sin ulterior recurso". En el documento se pueden ver las firmas de todos los funcionaros del Ayuntamiento de Manresa, ya que fueron obligados a firmar el correspondiente enterado. Algunos funcionarios del cuerpo de guardias de paseo firmaron con la hulla dactilar por no saber escribir. (Arxiu Comarcal del Bages)
5/08/1940: circular del Gobierno Civil de Barcelona sobre “El uso del idioma nacional en todos los servicios públicos”, recogiendo lo dispuesto en el BOP del 31 de julio de 1940. En él se proclama el español como único idioma válido para la vida pública, al tiempo que relega los idiomas “regionales” a la vida privada. La primera disposición señala que "todos los funcionarios interinos de las Corporaciones provinciales y municipales de esta provincia, cualesquiera que sea su categoría, que en acto de servicio, dentro o fuera de los edificios oficiales, se expresen en otro idioma, que no sea el oficial del Estado quedarán ‘ipso facto’ destituidos, sin ulterior recurso". En el documento se pueden ver las firmas de todos los funcionaros del Ayuntamiento de Manresa, ya que fueron obligados a firmar el correspondiente enterado. Algunos funcionarios del cuerpo de guardias de paseo firmaron con la hulla dactilar por no saber escribir. (Arxiu Comarcal del Bages)
5/08/1940: circular del Gobierno Civil de Barcelona sobre “El uso del idioma nacional en todos los servicios públicos”, recogiendo lo dispuesto en el BOP del 31 de julio de 1940. En él se proclama el español como único idioma válido para la vida pública, al tiempo que relega los idiomas “regionales” a la vida privada. La primera disposición señala que "todos los funcionarios interinos de las Corporaciones provinciales y municipales de esta provincia, cualesquiera que sea su categoría, que en acto de servicio, dentro o fuera de los edificios oficiales, se expresen en otro idioma, que no sea el oficial del Estado quedarán ‘ipso facto’ destituidos, sin ulterior recurso". En el documento se pueden ver las firmas de todos los funcionaros del Ayuntamiento de Manresa, ya que fueron obligados a firmar el correspondiente enterado. Algunos funcionarios del cuerpo de guardias de paseo firmaron con la hulla dactilar por no saber escribir. (Arxiu Comarcal del Bages)
5/08/1940: circular del Gobierno Civil de Barcelona sobre “El uso del idioma nacional en todos los servicios públicos”, recogiendo lo dispuesto en el BOP del 31 de julio de 1940. En él se proclama el español como único idioma válido para la vida pública, al tiempo que relega los idiomas “regionales” a la vida privada. La primera disposición señala que "todos los funcionarios interinos de las Corporaciones provinciales y municipales de esta provincia, cualesquiera que sea su categoría, que en acto de servicio, dentro o fuera de los edificios oficiales, se expresen en otro idioma, que no sea el oficial del Estado quedarán ‘ipso facto’ destituidos, sin ulterior recurso". En el documento se pueden ver las firmas de todos los funcionaros del Ayuntamiento de Manresa, ya que fueron obligados a firmar el correspondiente enterado. Algunos funcionarios del cuerpo de guardias de paseo firmaron con la hulla dactilar por no saber escribir. (Arxiu Comarcal del Bages)
5/08/1940: circular del Gobierno Civil de Barcelona sobre “El uso del idioma nacional en todos los servicios públicos”, recogiendo lo dispuesto en el BOP del 31 de julio de 1940. En él se proclama el español como único idioma válido para la vida pública, al tiempo que relega los idiomas “regionales” a la vida privada. La primera disposición señala que "todos los funcionarios interinos de las Corporaciones provinciales y municipales de esta provincia, cualesquiera que sea su categoría, que en acto de servicio, dentro o fuera de los edificios oficiales, se expresen en otro idioma, que no sea el oficial del Estado quedarán ‘ipso facto’ destituidos, sin ulterior recurso". En el documento se pueden ver las firmas de todos los funcionaros del Ayuntamiento de Manresa, ya que fueron obligados a firmar el correspondiente enterado. Algunos funcionarios del cuerpo de guardias de paseo firmaron con la hulla dactilar por no saber escribir. (Arxiu Comarcal del Bages)
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5/08/1940: circular del Gobierno Civil de Barcelona sobre “El uso del idioma nacional en todos los servicios públicos”, recogiendo lo dispuesto en el BOP del 31 de julio de 1940. En él se proclama el español como único idioma válido para la vida pública, al tiempo que relega los idiomas “regionales” a la vida privada. La primera disposición señala que "todos los funcionarios interinos de las Corporaciones provinciales y municipales de esta provincia, cualesquiera que sea su categoría, que en acto de servicio, dentro o fuera de los edificios oficiales, se expresen en otro idioma, que no sea el oficial del Estado quedarán ‘ipso facto’ destituidos, sin ulterior recurso". En el documento se pueden ver las firmas de todos los funcionaros del Ayuntamiento de Manresa, ya que fueron obligados a firmar el correspondiente enterado. Algunos funcionarios del cuerpo de guardias de paseo firmaron con la hulla dactilar por no saber escribir. (Arxiu Comarcal del Bages)
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